Según la Ley de Enjuiciamiento Civil, capítulo III, Sección 2º, la tercería de dominio consiste en un procedimiento judicial al que puede acudir un sujeto que se ha visto perjudicado por el embargo trabado sobre un inmueble que es de su propiedad.
Las clases de tercerías, a saber: Tercería de dominio: Intervención de un tercero extraño al juicio, alegando derecho de dominio (ser dueño) sobre los bienes embargados. Tercería de posesión: Intervención de un tercero extraño al juicio, alegando derecho de posesión sobre los bienes embargados (es la mas común).